ALCALDIA MUNICIPAL DE HOLGUÍN
“Miguel I. Aguilera, Alcalde Municipal de Holguín.
“HAGO SABER: Que el Ayuntamiento en SESIÓN Ordinaria celebrada en 13 de MARZO del corriente año ha adoptado y yo he sancionado el siguiente:
“ACUERDO
“Traído nuevamente a la vista el expediente sobre designación de la ZONA DE TOLERANCIA (confinamiento de prostitutas), y luego de emitir su parecer distintos Señores Concejales, se acordó fijar para el establecimiento de ella el tramo que comprende entre las calles de “Máximo Gómez”, esquina a “Garayalde”, de esta calle a esquina a “Máximo Gómez”, aceras pares y nones, con la Dehesa y el camino de San Andrés.
“Que se publique este Acuerdo en los periódicos locales por espacio de diez días, durante los cuales podrán los vecinos que se consideren perjudicados, formular sus protestas, que el Ayuntamiento podrá aceptar.
“Por tanto, y en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del Art. 165 de la Ley Orgánica de los Municipios, en relación con el inciso primero del Art. 110 de la Constitución de la República, ordeno su publicación y ejecución.
“Dado en Holguín, a 28 de MARZO de mil novecientos trece”.
Fdo. Miguel I. Aguilera.
Alcalde Municipal
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